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1 Introducción

Las actividades relacionadas con el comercio electrónico están sometidas a diversas disposiciones contenidas en la normativa española. Asimismo, un aspecto fundamental a la hora de abordar cualquier iniciativa en el ámbito de las transacciones electrónicas reside en el hecho de que las normas aplicables varían según el potencial destinatario de la oferta. Así, existe mayor campo para la autonomía de la voluntad entre las partes si la transacción económica tiene lugar entre empresas (business to business) y, en cambio, si la relación comercial se establece entre una empresa y un consumidor individual como destinatario final (business to consumer), esta autonomía es menor, al resultar de aplicación, entre otras, la normativa relativa a la protección del consumidor o la normativa de protección de datos personales.

En el plano fiscal, el comercio electrónico plantea cuestiones que difícilmente pueden afrontarse desde la perspectiva unilateral española. Quizás por ello, las autoridades tributarias no han considerado oportuno adoptar medidas unilaterales, prefiriendo esperar a alcanzar un consenso sobre las medidas a adoptar a escala regional e incluso mundial.