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13 Seguridad Social7

13.1 Introducción

Como regla general, todos los empresarios, sus personas trabajadoras, las personas trabajadoras por cuenta propia, los miembros de las cooperativas de producción, las personas trabajadoras del hogar, el personal militar, los funcionarios que residen y/o ejercen sus funciones en España, deben inscribirse y están obligados a cotizar al Sistema español de Seguridad Social (salvo en supuestos específicos de desplazamiento temporal de personas trabajadoras, según lo indicado en el apartado 11.2 anterior).

Existen diferentes regímenes de cotización a la Seguridad Social en España:

  1. Régimen General de Seguridad Social.
  2. Existen otras situaciones englobadas en el Régimen General, pero con un tratamiento especial. Estas son:
    • Artistas.
    • Trabajadores ferroviarios.
    • Representantes de comercio.
    • Profesionales taurinos.
    • Jugadores profesionales de fútbol y demás deportistas profesionales.
    • Trabajadores por cuenta ajena agrarios.
    • Empleados de hogar.
  3. Regímenes especiales de Seguridad Social para:
    • Trabajadores del mar.
    • Trabajadores por cuenta propia o autónomos.
    • Funcionarios públicos, civiles y militares.
    • Trabajadores de la minería del carbón.
    • Estudiantes.

El encuadramiento dentro de estos sistemas depende de la naturaleza, condiciones y características de las actividades desarrolladas en España.