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1Introducción

El sistema fiscal español es moderno y competitivo. La Agencia Estatal de Administración Tributaria se ha significado por su liderazgo dentro de la Administración española. Además, en comparación con otras agencias tributarias, ocupa un puesto realmente destacado en el contexto europeo en cuanto a modernización y por la incorporación de las nuevas tecnologías a la prestación de los servicios públicos, destacando, entre otras, la posibilidad de presentar declaraciones de los diferentes impuestos por vía telemática (en muchos casos, de hecho, la utilización de medios telemáticos es obligatoria) o la obtención por dicha vía de diferentes certificados.

Este sistema comprende tres tipos de tributos: impuestos, tasas y contribuciones especiales. Las tasas y las contribuciones especiales son cuantitativamente muy inferiores a los impuestos y se exigen en contrapartida por la prestación de servicios o por la obtención de utilidades como consecuencia de la realización de obras o servicios públicos.

Por su parte, territorialmente existen tres niveles de imposición en España: estatal, autonómico y local. Por su relevancia, este capítulo se centra exclusivamente en los tributos establecidos por el Estado (sean o no gestionados y recaudados por las autoridades autonómicas y locales), aunque con una breve referencia a los regímenes especiales existentes en Canarias, País Vasco y Navarra.

Como consecuencia de la crisis sanitaria originada por la COVID-19, durante el año 2020 se aprobaron diversas normas tributarias por el Gobierno de España que, en términos generales, afectaron al cómputo de los plazos administrativos y judiciales (prescripción, duración de las actuaciones de inspección, presentación de recursos o reclamaciones) y de los plazos relativos a la presentación y pago de algunos impuestos. También las Comunidades Autónomas, ayuntamientos, ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y diputaciones forales, dentro de sus respectivos ámbitos competenciales, aprobaron en los años 2020, 2021 y 2022 numerosas medidas tributarias, en general destinadas a conceder aplazamientos en la presentación de declaraciones y en el pago de impuestos, y en algunos casos regulando incluso bonificaciones e incentivos tributarios.

Dado el carácter extraordinario y temporal de estas medidas, no se incluyen en esta Guía.